Compartimos el instructivo para la obtención del certificado PYME para aquellas empresas que no lo tengan vigente.
Recordamos que dicho certificado debe estar vigente para acceder a los beneficios específicos de la Ley de Solidaridad Social y Reactivación Productiva.
Los beneficios son:
- Moratoria para deudas tributarias y de recursos de la seguridad social vencidas al 30/11/2019.
- No aplicación de doble tasa del impuesto a los débitos y créditos bancarios para las extracciones en efectivo.
- Planes de pago para MiPyMEs para deudas con el Fondo de Garantía de cuotas y de multas de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo (SRT).
Para acceder al instructivo clickear aquí.
Asimismo, nos pueden consultar ante cualquier duda.